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Desde el 10 de agosto de 2016 entró en vigencia la Ley Nº 27264 de Régimen de fomento para las micro, pequeñas y medianas empresas, que instrumenta diversas medidas tendientes a beneficiar en términos fiscales y crediticios a aquellas empresas que realicen inversiones productivas entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018.

Entre las principales medidas, se destacan:

  • Se exime del impuesto a la ganancia mínima presunta para los ejercicios que se inicien a partir del 1/1/2017;
  • Se crea el bono de crédito fiscal equivalente a un porcentaje del importe de las inversiones en bienes de capital y/u obras de infraestructura que realicen;
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A partir del 23 de julio de 2016, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), deberá reglamentar los aspectos inherentes a la llamada “Ley de Blanqueo” y moratoria en el plazo de treinta días, luego que el gobierno anunciara la Ley, mediante la cual se establece el programa de reparación histórica para jubilados y pensionados; el blanqueo (régimen de sinceramiento fiscal); la moratoria para obligaciones impositivas, de la seguridad social y aduaneras; junto a modificaciones impositivas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, y la derogación del impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

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Se establece un régimen de cancelación del impuesto al valor agregado en forma trimestral aplicable a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas tramo 1 -L. 25300 y R. (SPyME) 24/2001- y la posibilidad de obtener en forma simplificada el "Certificado de Exclusión" de los regímenes de retención, percepción y/o pago a cuenta del impuesto.

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 La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares informa que la actividad regulada por la ley 26844 tendrá un incremento salarial equivalente al 33%, a efectivizarse en dos tramos de la siguiente manera:

  • 18% en el mes de junio de 2016; y
  • 15% en el mes de diciembre de 2016.

Además, se asignó un 15% adicional para los trabajadores de la zona patagónica comprendida por las Provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

 

A través del decreto 1/2010, se implementó un régimen de reintegro para aquellos trabajadores autónomos y monotributistas que hubieran cumplido en tiempo y forma con el ingreso del impuesto integrado y, en su caso, de las cotizaciones previsionales, correspondientes a los 12 meses calendario, así como con las obligaciones formales y materiales pertinentes.

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La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió a cuatro la cantidad de planes vigentes, para el régimen de facilidades de pago permanente, que originalmente por resolución general Nro. 3827, había dispuesto una limitación hasta dos planes vigentes y comprendía a los planes de facilidades por deuda impositiva y de los recursos de la seguridad social en gestión administrativa (planes tipo A del Anexo II), y por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social en gestión judicial (planes tipo E1 y E2 del Anexo II).

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